NOTICIA

CQFD Piura expresa su preocupación frente al Proyecto de Ley N◦ 3535-2022, modificatoria de Ley 28456

COMUNICADO

 El Colegio Químico Farmacéutico Departamental de Piura, frente al Proyecto Ley presentado en el Congreso de la República N ◦ 3535-2022, modificatoria de Ley 28456 “Ley del Trabajo del profesional de la salud Tecnólogo médico, nos dirigimos al presidente del Congreso, Congresistas de la República, a los Colegios profesionales de la salud y la opinión pública, expresar nuestra profunda preocupación, así mismo manifestar lo siguiente:

En el artículo 9 de esta modificatoria de Ley, se sustenta sobre las competencias del Tecnólogo Médico. …’’En el cargo de funciones de Laboratorio Clínico y Anatomía Patológica o Banco de Sangre y Hemoterapia a nivel profesional, son competencia exclusiva de los Tecnólogos Médicos, en el área de Laboratorio Clínico Anatomía Patológica…”.

Que la Ley N◦ 28173 Ley del Trabajo del Químico Farmacéutico, indica la exclusividad del rol del Químico Farmacéutico como profesional de la salud. Así también en el articulo 4 de la Ley N◦ 28173 del Trabajo del Químico Farmacéutico se establece que ‘’El ejercicio de la profesión los fundamentos y conocimientos farmacéuticos, necesarios relacionados a la química farmacéutica, cosmética, clínica, toxicológica, alimentaria, productos naturales y otras especialidades afines a la profesión en los insumos, procesos industriales, productos y en la atención farmacéutica.

Que según Decreto Supremo Nº 037-2014, Reglamento del Residentado Farmacéutico en el Capítulo I, articulo 1. Finalidad del Residentado Químico Farmacéutico. El Residentado Químico Farmacéutico tiene como finalidad regular la especialización de profesionales químicos farmacéuticos en el campo de la Farmacia y Bioquímica.

Por lo anteriormente expuesto, rechazamos la posición y fundamento de esta modificatoria de ley, por respeto estricto al ámbito de competencia de la profesión Químico Farmacéutica.

 

Consejo Directivo 2023-2024