NOTICIA

CQFD PIURA Emite pronunciamiento sobre aplicación de la sanción económica de 2UIT.

PRONUNCIAMIENTO

 

A LOS MIEMBROS DE LA ORDEN QUÍMICO FARMACÉUTICA, AUTORIDADES DE SALUD, Y PÚBLICO EN  GENERAL

 PRONUNCIAMIENTO

 

El Consejo Directivo 2023-2024, INFORMA a la orden Químico Farmacéutica, a las autoridades de salud y al público en general, sobre nuestra posición en defensa del derecho a la salud pública, garantizando el acceso a los medicamentos esenciales genéricos prescritos en Denominación Común Internacional – DCI en forma segura, eficaces y de calidad, sin perjudicar directamente a las farmacias y boticas del sector privado.

 

De acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial N°220-2024/MINSA, en el marco del DU 0025-2024, solicitamos que, en una primera instancia, se ejecute la norma sin la aplicación de la sanción económica (2UIT), debido a que se encuentra en proceso de implementación e interpretación. Sobre ello se exponen los siguientes criterios técnico que se deben de tener en consideración:

  1. La constitución política del Perú, en su Art. 9 establece que el Estado determina la Política Nacional de Salud que el poder ejecutivo es responsable del acceso equitativo a los servicios de salud así también el derecho al acceso de medicamentos. En tal sentido el Ministerio de Salud y sus órganos desconcentrados tienen la responsabilidad de planificar, adquirir y distribuir a los establecimientos de salud con medicamentos genéricos esenciales a nivel nacional.
  2. La Resolución Ministerial N°220-2024/MINSA, ante una supervisión y fiscalización de los órganos de control a las farmacias y/o boticas pueden verse afectados, debido a que no se cuenta con un proceso específico de control y vigilancia para el cumplimiento de dicha norma.
  3. Es necesario implementar y asegurar que los medicamentos  esenciales genéricos en DCI, cuente con un registro sanitario basado en la demostración de bio-equivalencia, de esta manera garantizamos la intercambiabilidad del principio activo.
  4.  Solicitamos se precise los argumentos técnicos e indicadores de impacto referentes a la norma y como esta beneficiaria la disponibilidad de medicamentos genéricos para la población, sobre todo de la Región Piura.

    El CQFD PIURA, estará atento a las acciones en favor de la salud pública y el derecho de la población a acceder a medicamentos genéricos seguros, eficaces y de calidad.

     

    Piura, 10 de abril del 2024